Convenio Colectivo para las Empresas de Transporte por Carretera del Principado de Asturias 2024-2028
CONVENIO MIXTO (viajeros + mercancías). Título exacto: 'Convenio Colectivo para las Empresas de Transporte por Carretera del Principado de Asturias 2024-2028'. Ámbito funcional del art. 2 incluye expresamente 'Transporte de Viajeros, Urbanos, Interurbanos y Discrecionales' junto con Mercancías, Agencias de Transporte y Reparto, Estaciones de Lavado y Engrase, Garajes y Aparcamientos. Es único convenio provincial para todo el sector del transporte por carretera de Asturias (no existe convenio provincial separado solo de viajeros). Inscrito por Resolución de 14/05/2024 de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo (cód. BOPA 2024-04269); PUBLICADO en el BOPA nº 165 de 27/05/2024. Firmado el 16/04/2024 por las patronales CAR, ASVIPYMET y ASTRA y los sindicatos CCOO, UGT y CSI. Vigencia pactada 01/01/2024–31/12/2028. ⚠️ SITUACIÓN JUDICIAL CRÍTICA: el TSJ de Asturias (Sala de lo Social, sentencia de marzo de 2025) ANULÓ el convenio por ilegalidad en la constitución de la mesa negociadora (se marginó a ASETRA, patronal mayoritaria, y el reparto no fue proporcional). El Tribunal Supremo confirmó la nulidad como convenio estatutario mediante STS 479/2026 de 29/05/2026, declarándolo de naturaleza EXTRAESTATUTARIA y de alcance limitado (sin eficacia erga omnes). Por tanto NO hay convenio sectorial provincial estatutario con eficacia general vigente: el sector queda de facto sin convenio propio de eficacia general (los sindicatos alegan ultraactividad del convenio anterior 2016-2018 —cód. igualmente mixto, firmado 10/12/2015, vigente hasta 31/12/2018— pero su vigencia tras la anulación es controvertida y no confirmada oficialmente). Para VIAJEROS rige supletoriamente el Acuerdo General para las empresas de transporte de viajeros por carretera / Laudo estatal (BOE-A-2015-1991). Estado marcado 'caducado-ultraactividad' por reflejar el vacío del único convenio provincial existente; podría considerarse 'sin-convenio-propio' a efectos estatutarios erga omnes. DUDA: pendiente saber si la comisión negociadora dictará nuevo convenio válido con ASETRA.
Datos del convenio
Estado: Convenio en ultraactividad
Vigencia: 2024-2028 (anulado como estatutario)
Código REGCON: 33001125011981
Ámbito: provincial · transporte de viajeros por carretera
Fuente oficial
Publicación y texto del convenio en el boletín oficial.
Informes vinculados
Índice sectorial de informes sobre convenios de viajeros.

