Convenio colectivo del sector del transporte regular de viajeros por carretera de las Illes Balears
VIAJEROS (personas), NO mercancías. Título exacto: «Convenio colectivo del sector del transporte regular de viajeros por carretera de las Illes Balears». Illes Balears es provincia única que coincide con la CCAA, por lo que el convenio 'provincial' aplicable es el sectorial autonómico. Publicado en el BOIB (Butlletí Oficial de les Illes Balears) nº 135, de 11 de octubre de 2025, Fascículo 295, Sec. III, pág. 58989 (Resolución de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral que dispone su inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de les Illes Balears). Texto firmado por la Comisión Negociadora el 12-08-2025. Vigencia 1-ene-2025 a 31-dic-2028 (efectos económicos desde 1-1-2025; entrada en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOIB). Código REGCON 07000845011982. Es transporte REGULAR de viajeros (art. 3). AVISO: coexiste un SEGUNDO convenio sectorial autonómico también de VIAJEROS, el «Convenio colectivo del sector del transporte discrecional y turístico de viajeros por carretera de las Illes Balears» (código REGCON 07000855011982, BOIB nº 049 de 13-04-2024, vigencia hasta 31-12-2026), aplicable al transporte discrecional/turístico. Ambos son de viajeros; ninguno es mixto con mercancías. El de mercancías es distinto (BOIB nº 138 de 18-10-2025, no aplica aquí). La ficha oficial de caib.es/ordenaciolaboral está desactualizada (histórico hasta 2016); la fuente vigente es el BOIB 135/2025. URL citada = copia íntegra del texto publicado en el BOIB 135/2025 (Colegio de Graduados Sociales); enlace institucional del boletín: https://www.caib.es/eboibfront/
Datos del convenio
Estado: Convenio provincial vigente
Vigencia: 2025-2028
Código REGCON: 07000845011982
Ámbito: provincial · transporte de viajeros por carretera
Fuente oficial
Publicación y texto del convenio en el boletín oficial.
Informes vinculados
Índice sectorial de informes sobre convenios de viajeros.

