CONVENIO COLECTIVO DE MERCANCÍAS EN Barcelona

FICHA ÚNICA DEL CONVENIO PROVINCIAL

Convenio 2026-2028: documentación oficial e informe técnico-laboral en una sola página.

DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE

FUENTE OFICIAL CONSULTADA

INFORME TÉCNICO-LABORAL ASOCIADO

Informe técnico · Convenio provincial
Mercancías y logísticaBarcelona2026-2028

El convenio colectivo del sector de transporte de mercancías por carretera y logística de la provincia de Barcelona para 2026, 2027 y 2028 lo firmaron el 27 de julio de 2026 TRANSCALIT y UNO por la parte empresarial, junto con UGT y CCOO por la parte social. Sustituye al texto de 2011, que se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025. Regula salario, jornada, pluses, dietas, permisos y prevención en las empresas de transporte público de mercancías, logística, mensajería, distribución y reparto de la provincia.

FICHA DEL CONVENIO

  • Ámbito funcional: Transporte público de mercancías, logística, mensajería, distribución y reparto por vías terrestres, excluido el ferrocarril, junto con los operadores de transporte y los logísticos. Quedan fuera los operadores del servicio postal universal, las empresas del Convenio estatal de entrega domiciliaria y la actividad de transporte de las empresas de mensajería y reparto que no necesitan autorización de transporte ni de operador.
  • Ámbito territorial: Provincia de Barcelona, incluidas las empresas de fuera con establecimiento en ella respecto de su personal.
  • Código de convenio: 08004295011994.
  • Vigencia: Del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028.
  • Incremento salarial: 3,5% en 2026, 3,3% en 2027 y 3,2% en 2028, sobre las tablas y el resto de conceptos económicos.
  • Cláusula de garantía: Si el IPC sumado de 2026, 2027 y 2028 supera el 10%, revisión técnica de las tablas con efectos de 1 de enero de 2029, sin atrasos.
  • Atrasos: Con la nómina del segundo mes siguiente a la publicación, es decir, la de noviembre de 2026, salvo acuerdo escrito.
  • Estructura salarial: Salario base y plus convenio. Son mensuales para el personal técnico, administrativo y de mando. La mayor parte del personal de movimiento y de taller cobra por días.
  • Salario de conductor: 58,82 € al día en 2026, 60,76 € en 2027 y 62,70 € en 2028, sumando salario base y plus convenio. Total anual de tabla en 2026: 27.280,60 €.
  • Pluses: Nocturnidad del 25% del salario base. Peligrosidad ADR del 10% del salario base más antigüedad. Plus de cámaras de congelación y quebranto de moneda según tablas.
  • Antigüedad: Un cuatrienio y cinco quinquenios del 10% sobre el salario base.
  • Pagas extraordinarias: Tres, de treinta días de salario base, plus convenio y antigüedad: junio, Navidad y marzo.
  • Jornada laboral: 39 horas y 30 minutos semanales de trabajo efectivo, de lunes a viernes. Veinte minutos diarios de bocadillo con consideración de trabajo efectivo.
  • Vacaciones: Treinta días naturales, con bolsa de vacaciones de 517,50 € en 2026, 534,58 € en 2027 y 551,69 € en 2028.
  • Horas extraordinarias: Voluntarias, a precio único no inferior al valor de la hora ordinaria. 15,98 € la hora del conductor en 2026.
  • Dietas: Dieta nacional completa de 59,02 € y dieta TIR completa de 90,86 € en 2026, con los importes de cada año en el anexo.
  • Incapacidad temporal: 100% del salario real en accidente y en hospitalización desde el primer día. Primera baja del año por enfermedad al 100% desde el primer día; las siguientes de más de 30 días, al 90% desde el día 31.
  • Pólizas por accidente laboral: 62.051,63 € por incapacidad absoluta, 54.664,55 € por muerte y 35.458,09 € por incapacidad total para la profesión habitual en 2026.
  • Licencias y permisos: Quince días por matrimonio, cinco por enfermedad grave u hospitalización, tres por fallecimiento (cinco con desplazamiento), dos días de asuntos personales y cuatro días anuales por fuerza mayor familiar.
  • Jubilación: Forzosa a los 68 años con derecho al 100% de la pensión y contratación indefinida de otra persona. Jubilación parcial a petición con tres meses de antelación.
  • PRL: Protocolo obligatorio frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos. Revisión médica anual, más una semestral a petición del personal conductor.
  • Contratación: Temporalidad limitada al 35%, al 30% o al 25% por centro según tamaño, con contrato por circunstancias de la producción de hasta un año.
  • Comisión paritaria: Ocho vocales por cada parte, con domicilio en las sedes de TRANSCALIT, UNO, UGT y CCOO. Se reúne a petición de cualquiera de las partes con 24 horas de aviso.

DÓNDE SE PRODUCEN MÁS INCUMPLIMIENTOS

QUÉ CONVIENE REVISAR

La comprobación útil pasa por cruzar el recibo de salario con la tabla que corresponde a la categoría real, verificar que la subida ha alcanzado a todos los conceptos y contrastar la jornada pactada con los cuadrantes, las esperas y los descansos efectivamente realizados. Los datos del tacógrafo, los albaranes con hora y el registro diario de jornada son la documentación que sostiene cualquier reclamación posterior.

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ESTADO DOCUMENTAL

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