DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE
CONVENIO VIGENTE 2026-2028 (PDF OFICIAL)
Texto íntegro publicado en el BOP de Barcelona de 29 de septiembre de 2026, en castellano y en catalán.
INFORME TÉCNICO DEL CONVENIO 2026-2028
Análisis completo: subidas, tablas por categoría de los tres años, jornada, pluses, dietas, incapacidad temporal, permisos y novedades del texto.
TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS DE 2025 (PDF)
Base sobre la que se calcula la subida de 2026. BOP de Barcelona de 16 de marzo de 2026.
ACUERDO DE PRÓRROGA 2023-2025 (PDF)
Prorrogó el convenio anterior hasta el 31 de diciembre de 2025. BOP de Barcelona de 22 de noviembre de 2023.
CONVENIO ANTERIOR 2011-2023 (PDF)
Texto precedente, disponible como referencia histórica y para los periodos ya devengados.
FUENTE OFICIAL CONSULTADA
- Butlletí Oficial de la Província de Barcelona de 29 de septiembre de 2026, CVE 202610145528.
- Resolución de 25 de septiembre de 2026 de los Serveis Territorials del Departament d'Empresa i Treball a Barcelona, de inscripción y publicación del convenio.
- Texto íntegro en PDF
INFORME TÉCNICO-LABORAL ASOCIADO
Informe técnico · Convenio provincialEl convenio colectivo del sector de transporte de mercancías por carretera y logística de la provincia de Barcelona para 2026, 2027 y 2028 lo firmaron el 27 de julio de 2026 TRANSCALIT y UNO por la parte empresarial, junto con UGT y CCOO por la parte social. Sustituye al texto de 2011, que se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025. Regula salario, jornada, pluses, dietas, permisos y prevención en las empresas de transporte público de mercancías, logística, mensajería, distribución y reparto de la provincia.
FICHA DEL CONVENIO
- Ámbito funcional: Transporte público de mercancías, logística, mensajería, distribución y reparto por vías terrestres, excluido el ferrocarril, junto con los operadores de transporte y los logísticos. Quedan fuera los operadores del servicio postal universal, las empresas del Convenio estatal de entrega domiciliaria y la actividad de transporte de las empresas de mensajería y reparto que no necesitan autorización de transporte ni de operador.
- Ámbito territorial: Provincia de Barcelona, incluidas las empresas de fuera con establecimiento en ella respecto de su personal.
- Código de convenio: 08004295011994.
- Vigencia: Del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028.
- Incremento salarial: 3,5% en 2026, 3,3% en 2027 y 3,2% en 2028, sobre las tablas y el resto de conceptos económicos.
- Cláusula de garantía: Si el IPC sumado de 2026, 2027 y 2028 supera el 10%, revisión técnica de las tablas con efectos de 1 de enero de 2029, sin atrasos.
- Atrasos: Con la nómina del segundo mes siguiente a la publicación, es decir, la de noviembre de 2026, salvo acuerdo escrito.
- Estructura salarial: Salario base y plus convenio. Son mensuales para el personal técnico, administrativo y de mando. La mayor parte del personal de movimiento y de taller cobra por días.
- Salario de conductor: 58,82 € al día en 2026, 60,76 € en 2027 y 62,70 € en 2028, sumando salario base y plus convenio. Total anual de tabla en 2026: 27.280,60 €.
- Pluses: Nocturnidad del 25% del salario base. Peligrosidad ADR del 10% del salario base más antigüedad. Plus de cámaras de congelación y quebranto de moneda según tablas.
- Antigüedad: Un cuatrienio y cinco quinquenios del 10% sobre el salario base.
- Pagas extraordinarias: Tres, de treinta días de salario base, plus convenio y antigüedad: junio, Navidad y marzo.
- Jornada laboral: 39 horas y 30 minutos semanales de trabajo efectivo, de lunes a viernes. Veinte minutos diarios de bocadillo con consideración de trabajo efectivo.
- Vacaciones: Treinta días naturales, con bolsa de vacaciones de 517,50 € en 2026, 534,58 € en 2027 y 551,69 € en 2028.
- Horas extraordinarias: Voluntarias, a precio único no inferior al valor de la hora ordinaria. 15,98 € la hora del conductor en 2026.
- Dietas: Dieta nacional completa de 59,02 € y dieta TIR completa de 90,86 € en 2026, con los importes de cada año en el anexo.
- Incapacidad temporal: 100% del salario real en accidente y en hospitalización desde el primer día. Primera baja del año por enfermedad al 100% desde el primer día; las siguientes de más de 30 días, al 90% desde el día 31.
- Pólizas por accidente laboral: 62.051,63 € por incapacidad absoluta, 54.664,55 € por muerte y 35.458,09 € por incapacidad total para la profesión habitual en 2026.
- Licencias y permisos: Quince días por matrimonio, cinco por enfermedad grave u hospitalización, tres por fallecimiento (cinco con desplazamiento), dos días de asuntos personales y cuatro días anuales por fuerza mayor familiar.
- Jubilación: Forzosa a los 68 años con derecho al 100% de la pensión y contratación indefinida de otra persona. Jubilación parcial a petición con tres meses de antelación.
- PRL: Protocolo obligatorio frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos. Revisión médica anual, más una semestral a petición del personal conductor.
- Contratación: Temporalidad limitada al 35%, al 30% o al 25% por centro según tamaño, con contrato por circunstancias de la producción de hasta un año.
- Comisión paritaria: Ocho vocales por cada parte, con domicilio en las sedes de TRANSCALIT, UNO, UGT y CCOO. Se reúne a petición de cualquiera de las partes con 24 horas de aviso.
DÓNDE SE PRODUCEN MÁS INCUMPLIMIENTOS
- Subida aplicada solo al salario base, cuando alcanza también a la antigüedad, los pluses, las dietas y la bolsa de vacaciones.
- Atrasos desde el 1 de enero de 2026 no abonados con la nómina de noviembre.
- Bolsa de vacaciones de 2026 pagada con el importe antiguo de 500 € sin regularizar la diferencia.
- Categoría de la tabla que no coincide con las funciones realmente desempeñadas.
- Descuento de los veinte minutos de bocadillo, que el convenio considera trabajo efectivo.
- Horas extraordinarias pagadas por debajo del valor de la hora ordinaria de tablas.
- Dietas que el conductor tiene que adelantar de su bolsillo, cuando la empresa debe facilitar los medios antes del viaje.
QUÉ CONVIENE REVISAR
La comprobación útil pasa por cruzar el recibo de salario con la tabla que corresponde a la categoría real, verificar que la subida ha alcanzado a todos los conceptos y contrastar la jornada pactada con los cuadrantes, las esperas y los descansos efectivamente realizados. Los datos del tacógrafo, los albaranes con hora y el registro diario de jornada son la documentación que sostiene cualquier reclamación posterior.
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Solicitar asesoramientoESTADO DOCUMENTAL
- PDF del convenio vigente: disponible, publicado en el BOP de Barcelona de 29 de septiembre de 2026
- Tablas salariales: incluidas en el anexo del texto publicado, para 2026, 2027 y 2028
- Tablas definitivas de 2025: disponibles en PDF
- Acuerdo de prórroga 2023-2025 y convenio anterior: disponibles como referencia histórica
- Informe técnico-laboral: disponible en esta ficha y ampliado en el informe del convenio 2026-2028
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