DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE
CONVENIO VIGENTE 2026-2027 (PDF OFICIAL)
Texto íntegro publicado en el BOP de Girona núm. 160, edicto 7345, de 20 de agosto de 2026.
CONVENIO ANTERIOR (PDF)
Texto precedente, disponible como referencia histórica y para los periodos ya devengados.
INFORME TÉCNICO DEL CONVENIO 2026-2027
Análisis completo: subidas, tablas por categoría, jornada, pluses, dietas, incapacidad temporal y novedades del texto.
FUENTE OFICIAL CONSULTADA
- Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 160, edicto 7345, de 20 de agosto de 2026 (CVE BOP-2026_0_160_7345).
- Resolución de 12 de agosto de 2026 de los Serveis Territorials del Departament d'Empresa i Treball a Girona, de inscripción y publicación del convenio.
- Texto íntegro en PDF
INFORME TÉCNICO-LABORAL ASOCIADO
Informe técnico · Convenio provincialEl convenio colectivo del sector de transporte de mercancías y logística de la provincia de Girona para 2026 y 2027 fue firmado el 24 de julio de 2026 por ASETRANS, la patronal gironina del transporte, y por UGT. Sustituye al texto anterior y regula salario, jornada, pluses, dietas, permisos y prevención para todas las empresas de transporte de mercancías por vías terrestres de la provincia, así como para las actividades auxiliares y complementarias del transporte.
FICHA DEL CONVENIO
- Ámbito funcional: Empresas de transporte de mercancías por toda clase de vías terrestres en vehículos automóviles, y actividades auxiliares y complementarias del transporte según la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Ámbito territorial: Provincia de Girona.
- Código de convenio: 17000455011994.
- Vigencia: Del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2027. Las dietas rigen desde la publicación, sin retroactividad.
- Incremento salarial: 3,4% en 2026 y 3,5% en 2027, sobre todos los conceptos salariales y no salariales.
- Cláusula de revisión: Si el IPC acumulado de 2026 y 2027 supera el 6,9%, las tablas de 2028 suben la diferencia, con un máximo del 0,5% y sin efectos retroactivos.
- Estructura salarial: Salario base y plus convenio, ambos en las tablas del anexo. Queda derogada la cláusula que repartía los incrementos al 50% entre ambos conceptos.
- Salario de conductor: 1.266,98 € mensuales en 2026 y 1.311,32 € en 2027, sumando salario base y plus convenio.
- Pluses: Nocturnidad del 25%, o 30% superando dos tercios de jornada nocturna. Peligrosidad y penosidad del 15% sobre salario base, plus convenio y antigüedad. Menoscabo de dinero de 8,61 € en 2026 y 8,91 € en 2027.
- Antigüedad: Un cuatrienio y cuatro quinquenios del 10% sobre el salario base, con tope del 60% para quienes ya hubieran alcanzado el 50%.
- Pagas extraordinarias: Tres, de treinta días de salario base, plus convenio y antigüedad: verano el 22 de junio, Navidad el 15 de diciembre y una de marzo.
- Jornada laboral: 1.766 horas anuales de trabajo efectivo, con proyección mensual media de 160,50 horas. Veinte minutos diarios de bocadillo con consideración de trabajo efectivo.
- Vacaciones: 23 días laborables, con los sábados considerados no laborables a efectos de cómputo.
- Horas extraordinarias: Voluntarias, de cómputo mensual y abonadas según las tablas del anexo. 11,83 € la hora del conductor en 2026 y 12,24 € en 2027.
- Incapacidad temporal: Accidente de trabajo, complemento al 100% hasta 360 días. Enfermedad común con hospitalización, 100% desde el primer día. Sin hospitalización, 80% del cuarto al sexagésimo día y 100% a partir del día 61, dos veces al año como máximo.
- Pólizas por accidente de trabajo: 45.968,93 € por incapacidad absoluta, 40.321,39 € por muerte y 28.800,06 € por incapacidad total para la profesión habitual.
- Licencias y permisos: Quince días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho, cinco días por hospitalización o enfermedad grave, cuatro días anuales por fuerza mayor familiar y dos días retribuidos por asuntos propios. El tiempo de asistencia médica justificada computa como trabajo efectivo.
- Formación: La renovación del CAP y el ADR corren a cargo de la empresa y se realizan dentro de la jornada como tiempo efectivo de trabajo.
- PRL: Obligación de elaborar un plan de actuación ante fenómenos meteorológicos adversos, negociado con la representación legal, con criterios objetivos de activación basados en los avisos oficiales.
- Contratación: Límite del 35% de temporalidad por centro de trabajo en cómputo anual. Llamamiento mínimo de tres meses en fijos discontinuos.
- Comisión paritaria: Ocho miembros, con sede en ASETRANS (CIM La Selva, Vilobí d'Onyar) y en UGT Girona. Plazo máximo de quince días hábiles para reunirse, y trámite previo antes de acudir a la jurisdicción.
DÓNDE SE PRODUCEN MÁS INCUMPLIMIENTOS
- Subida aplicada solo al salario base, cuando el convenio la extiende a todos los conceptos salariales y no salariales, antigüedad y pluses incluidos.
- Atrasos desde el 1 de enero de 2026 no abonados dentro de los treinta días siguientes a la publicación.
- Categoría de la tabla que no coincide con las funciones realmente desempeñadas.
- Paga de marzo no reflejada, ni abonada en su fecha ni prorrateada.
- Descuento de los veinte minutos de bocadillo, que el convenio considera trabajo efectivo.
- Nocturnidad liquidada en proporción cuando procede el importe íntegro, o pluses de peligrosidad no abonados en transporte de mercancías ADR.
- Formación del CAP o del ADR cargada al trabajador o realizada fuera de la jornada.
QUÉ CONVIENE REVISAR
La comprobación útil pasa por cruzar el recibo de salario con la tabla del anexo que corresponde a la categoría real, verificar que la subida ha alcanzado a todos los conceptos y contrastar la jornada anual pactada con los cuadrantes, las esperas y los descansos efectivamente realizados. Los datos del tacógrafo, los albaranes con hora y el registro diario de jornada son la documentación que sostiene cualquier reclamación posterior.
¿Necesitas asesoramiento en materia laboral para revisar tu convenio, nómina o jornada?
Si detectas infrapago, exceso de jornada, sanciones o fraude en tiempos de presencia, podemos ayudarte a revisar la documentación y preparar una respuesta sólida.
Solicitar asesoramientoESTADO DOCUMENTAL
- PDF del convenio vigente: disponible, publicado en el BOP de Girona de 20 de agosto de 2026
- PDF del convenio anterior: disponible como referencia histórica
- Tablas salariales: incluidas en el anexo del texto publicado, para 2026 y 2027
- Tablas de dietas: el artículo 23 las remite al anexo, pero los importes no figuran en el texto publicado en el BOP
- Informe técnico-laboral: disponible en esta ficha y ampliado en el informe del convenio 2026-2027
Si tu caso puede acabar en un juzgado, no vayas sin un perito que conoce el camión por dentro
Horas extra que no aparecen en la nómina, descansos que nadie respeta, una jornada anual imposible, una sanción de tacógrafo o una multa de transporte que no cuadra. Cuando toca demostrarlo delante de un juez, un informe pericial bien hecho puede ser decisivo para acreditar los hechos con rigor técnico. Perito Camión emite informes técnico-periciales de tacógrafo, tasa vehículos pesados y maquinaria de almacén, y los defiende en la sala de vistas. En toda España.
- Reclamar horas extra, descansos y tu jornada real desde los datos del tacógrafo
- Defenderte de sanciones de transporte (LOTT) y de multas de tráfico
- Tasación de camión, furgoneta, remolque y carretilla elevadora
- Del informe pericial a declarar en el juicio, si hace falta
Estudio de viabilidad sin compromiso. Perito de parte o de designación judicial. Más en peritocamion.com

